TERMINACION DEL CONTRATO DE TRABAJO | Autor @AlexValenciaAbogado
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TERMINACION DEL CONTRATO DE
TRABAJO
44. CAUSALES DE TERMINACIÓN
DEL CONTRATO DE TRABAJO
El contrato de trabajo puede
terminar por razones como las establecidas en el artículo 61 del Código
Sustantivo del Trabajo; estas causales son taxativas y corresponden a las
siguientes:
a). Muerte del trabajador;
b). Mutuo consentimiento;
c). Expiración del plazo fijo pactado;
d). Terminación de la obra o labor
contratada;
e). Liquidación o clausura definitiva de la
empresa o establecimiento; (Requiere permiso del Ministerio del Trabajo)
f). Suspensión de actividades por parte del
empleador durante más de ciento veinte (120) días; (Requiere permiso del
Ministerio del Trabajo)
g). Por sentencia ejecutoriada;
h). Por decisión unilateral en los casos de
los artículos 7o., del Decreto-ley 2351 de 1965, y 6o. de esta ley;
i). Por no regresar el trabajador a su
empleo, al desaparecer las causas de la suspensión del contrato.
En los casos contemplados en los literales e)
y f) de este artículo, el empleador deberá solicitar el correspondiente permiso
al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social e informar por escrito a sus trabajadores
de este hecho. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social resolverá lo
relacionado con el permiso en un plazo de dos (2) meses. El cumplimiento
injustificado de este término hará incurrir al funcionario responsable en
causal de mala conducta sancionable con arreglo al régimen disciplinario
vigente.
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