OBLIGACIÓN DE MOTIVAR AL MOMENTO DE LA TERMINACIÓN | Autor @AlexValenciaAbogado

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OBLIGACIÓN DE MOTIVAR AL MOMENTO DE LA TERMINACIÓN

 

De conformidad con el artículo 62 del Código Sustantivo del Trabajo, la parte que termina unilateralmente el contrato de trabajo llámese trabajador o empleador debe manifestar a la otra, en el momento de la extinción, la causal o motivo de esa determinación. Posteriormente no pueden alegarse válidamente causales o motivos distintos.


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