OBLIGACIÓN DE MOTIVAR AL MOMENTO DE LA TERMINACIÓN | Autor @AlexValenciaAbogado
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OBLIGACIÓN DE
MOTIVAR AL MOMENTO DE LA TERMINACIÓN
De conformidad con el artículo 62
del Código Sustantivo del Trabajo, la parte que termina unilateralmente el
contrato de trabajo llámese trabajador o empleador debe manifestar a la otra,
en el momento de la extinción, la causal o motivo de esa determinación.
Posteriormente no pueden alegarse válidamente causales o motivos distintos.
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